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Subvenciones en comercio electrónico para comerciantes minoristas gallegos

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La Consellería de Economía e Industria de la Xunta de Galicia tiene activas hasta el 11 de Marzo una línea de subvenciones dirigidas a comerciantes minoristas para mejorar la imagen, modernización y establecimiento de nuevas fórmulas y medios de comercialización.

Beneficiarios de la subvención

Podrán ser beneficiarios de la subvención las personas físicas o jurídicaspúblicas o personales, comunidades de bienes o cualquiera otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Desarrollar su actividad comercial en Galicia y,  asimismo, su domicilio social y fiscal radique en la Comunidad Autónoma.
  • Tener condición de PYME.
  • Emplear a menos de diez (10) trabajadores.
  • No tener la consideración de gran establecimiento comercial según la normativa aplicable.
  • Estar dado de alta en algunos de las epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo II y que este constituya la actividad principal del solicitante.
  • Figurar inscritos en el Registro Gallego de Comercio o tener solicitada la inscripción con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

¿Qué se subvenciona?

Implantación y actualización de páginas web o aplicaciones para dispositivos móviles, dirigidas a mejorar la comercialización de los productos y que cuenten con tienda online y pasarela de pago.

Intensidad de la subvención

Para estas actuaciones la intensidad de la ayuda será de:

  • Porcentaje de subvención: 50% del coste de la inversión.
  • Inversión máxima subvencionable: 6.000,00€ (IVA excluido).

Epígrafes de IAE aptos para recibir la subvención

  • 641. Comercio al por menor de frutas, verduras, hortalizas y tubérculos.
  • 642. Comercio al por menor de carnes y de productos derivados cárnicos elaborados: de Huevos, aves, conejos de granja, caza y de productos derivados de ellos.
  • 643. Comercio al por menor de pescados y de otros productos de la pesca y de la acuicultura y caracoles.
  • 644. Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares, y de leche y productos lácteos.
  • 645. Comercio al por menor de vinos y bebidas de todas clases.
  • 647.1. Comercio al por menor de productos alimenticios y de bebidas en establecimientos con vendedor.
  • 647.2. Comercio al por menor de productos alimenticios y de bebidas en régimen de autoservicio o mixto en establecimientos cuya sala de ventas tenga una superficie inferior a 120 metros cuadrados.
  • 647.3. Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en régimen de autoservicio o mixto en supermercados, denominados así cuando la superficie de su sala de ventas se encuentre comprendida entre 120 y 399 metros cuadrados.
  • 651. Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero.
  • 652.2. Comercio al por menor de productos de droguería, perfumería y cosmética, limpieza, pinturas, barnices, disolventes, papeles y otros productos para la decoración y de productos químicos.
  • 652.3. Comercio al por menor de productos de perfumería y cosmética, y de artículos para higiene y aseo personal.
  • 652.4. Comercio al por menor de plantas y hierbas en herbolarios.
  • 653. Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la construcción.
  • 654.2. Comercio al por menor de accesorios y piezas de recambio para vehículos.
  • 654.5. Comercio al por menor de toda clase de maquinaria.
  • 657. Comercio al por menor de instrumentos musicales en general, así como de sus accesorios.
  • 659.2. Comercio al por menor de muebles de oficina y máquinas y equipamientos de oficina.
  • 659.3. Comercio al por menor de aparatos e instrumentos médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos.
  • 659.4. Comercio al por menor de libros, periódicos, artículos de papelería y escritorio y artículos de dibujo y bellas artes.
  • 659.5. Comercio al por menor de artículos de joyería, relojería, platería y bisutería.
  • 659.6. Comercio al por menor de juguetes, artículos de deporte, ropa deportiva, de vestido, calzado y lacado, armas, cartuchería y artículos de pirotecnia.
  • 659.7. Comercio al por menor de semillas, fertilizantes, flores y plantas y pequeños animales.
  • 661.3. Comercio al por menor en almacenes populares, entendiendo por tales aquellos establecimientos que ofrecen en secciones múltiples y venden en autoservicio o en preselección un variado relativamente amplio y poco profundo de bienes de consumo, con una gama de precios baja y un servicio reducido.
  • 662.2. Comercio al por menor de toda clase de artículos.
  • 663. Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente.

Más información

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    Tu consulta sobre subvención (requerido)

    He leído y acepto las condiciones de Aviso legal y de la Política de privacidad

    ¿Quieres vender online? Subvenciona TU comercio electrónico

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    ¿Tienes una idea para vender online? ¿No sabes cómo financiar tu comercio electrónico?

    Solicita la participación en el III Programa de Mentoring en Comercio Electrónico de Red.es y financia al 80% tu TIENDA ONLINE.

    ¿Qué es el ‘III Programa de Mentoring en Comercio Electrónico’?

    Es una línea de ayudas a fondo perdido liderado por la entidad pública Red.es que están dirigidas a autónomospymes para desarrollar e implementar negocios de comercio electrónicomedida.

    Están destinadas a expandir y potenciar el negocio a través de nuevos canales de venta, adoptar estrategias comerciales para iniciar proyectos de venta online, facilitar el posicionamiento en internet y diseñar los aspectos operativos, técnicos, logísticos y legales para garantizar el éxito de una tienda virtual.

    ¿Quien puede participar en el ‘III Programa de Mentoring en Comercio Electrónico’?

    La subvención para desarrollar y mejorar portales de comercio electrónico está orientada a Pymes y Autónomos.

    ¿Qué condiciones debo de cumplir para obtener la subvención de comercio electrónico?

    Los autónomos y pymes interesadas en participar en el ‘III Programa de Mentoring en Comercio Electrónico’ deben de cumplir las siguientes condiciones:

    • Tener una plantilla de entre 0 y 250 empleados.
    • Tener un volumen de negocios anual que no exceda de 50 M€.
    • No tratarse de una empresa de naturaleza pública o con accionariado de dicha naturaleza.
    • Domicilio social y ubicación en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Islas Canarias, Murcia, Navarra, Ceuta y Melilla.
    • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Estado.
    • El representante legal de la empresa debe de disponer de certificado digital.

    ¿Qué financia el  ‘III Programa de Mentoring en Comercio Electrónico’?

    El programa se organiza en dos Fases:

    • Fase I: Asesoramiento.
      • Asesoramiento sobre el comercio electrónico que más le conviene a TU idea de negocio online.
      • Diseño de un proyecto ecommerce a TU MEDIDA, FIABLE y de FUTURO.
      • Coste: 4250,00€+IVA
      • Subvención: 3.400,00€ (80% del coste).
    • Fase II: Implantación
      • Desarrollo de TU negocio online siguiendo las directrices marcadas en la fase de asesoramiento: implementación de la tienda online, planificación y ejecución de campañas de posicionamiento web (SEO) y de publicidad digital según las estrategias diseñadas en fase I.
      • Subvención: 80% del coste hasta un máximo de 10.000€.

    ¿Hasta cuando puedo solicitar la subvención para mi tienda online?

    El fin del plazo de solicitud es el 9 de septiembre de 2014 (13h hora peninsular)

    ¿Cómo hago para solicitar mi subvención de comercio electrónico?

    Es muy sencillo. Contacta con Quadralia y nosotros te ayudaremos a hacerlo:

    • Teléfono: 986 13 43 76
    • Mail: info@quadralia.com
    • Twitter: @quadralia

    ¿Por qué elegir a Quadralia como proveedor homologado del ‘III Programa de Mentoring en Comercio Electrónico’?

    Somos una consultora TIC fundada en el año 2003 que cuenta con una gran experiencia en la ejecución de este tipo de proyectos.  Nuestra metodología de trabajo nos permite integrarnos en la organización de nuestros clientes convirtiéndonos en su «departamento IT«.

    Os aportaremos amplios conocimientos en:

    » Consultoría en Comercio Electrónico: B2B y B2C

    » Desarrollo web de ecommerce: B2B y B2C

    » Marketing Online: Optimización del posicionamiento web (SEO on/off page) y marketing digital (SEM).

    Algunos de nuestros casos de éxito en este ámbito son:

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      Subvenciones para comercio electrónico de Red.es

      Mentoring en Comercio Electrónico

      QUADRALIA seleccionada como colaboradora en el Tercer Programa de ‘Mentoring en Comercio Electrónico’ puesto en marcha por Red.es

      • El programa de ayudas ‘Mentoring en comercio electrónico’ tiene como objetivo el impulso de la actividad de comercio electrónico de pymes y autónomos.
      • Los empresarios interesados tendrán de plazo hasta el 9 de septiembre para presentar su solicitud a través de la sede electrónica de Red.es (www.red.es)

      El Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través de la Entidad Pública Empresarial Red.es, ha seleccionado a QUADRALIA como empresa colaboradora de su tercer programa de ayudas ‘Mentoring en comercio electrónico’, que cuenta con un presupuesto total de 18 millones de euros destinados a las ayudas.

      El objetivo de este programa es ayudar a pymes y autónomos a adoptar una estrategia y una plataforma de comercio electrónico que le permita posicionarse en Internet y expandir y potenciar su negocio.

      La empresa QUADRALIA, a través de la unión temporal de empresas denominada ‘QUADRALIA SL y AEGA AUTOMÁTICA Y ELECTRICIDAD SL UTE‘ es una de las empresas homologadas para prestar los servicios de asesoramiento especializado del Lote I de esta convocatoria entre aquellas empresas que resulten beneficiarias del programa.

      El plazo para la presentación de solicitudes estará abierto hasta el 9 de septiembre de 2014 a las 13:00 horas (hora peninsular).  Durante este periodo los candidatos podrán consultar las bases y enviar las solicitudes a través de la web de Red.es.

      Subvenciones para nuevos establecimientos comerciales en Galicia: equipamiento informático y páginas web

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      ¿A quién se subvenciona?

      Serán beneficiarios de la subvención los comerciantes minoristas legalmente constituidos que cumplan los siguientes requisitos:

      • Actividad comercial en Galicia y con domicilio fiscal y social en la citada Comunidad Autónoma.
      • Tener menos de diez trabajadores (y no tener la consideración de gran establecimiento comercial).
      • Alta en el I.A.E. (Impuesto de Actividades Económicas) posterior al 1 de noviembre de 2013 y anterior al 30 junio de 2014.
      • Inscribirse en el Registro Gallego de Comercio.
      • Estar dado de alta en alguno de los epígrafes del IAE especificados aquí

      ¿Qué se subvenciona?

      Serán subvencionables las siguientes actuaciones:

      • Inversión en Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC): TPV integrado (Terminal Punto de Venta), software de gestión comercial y páginas web comerciales (50% de porcentaje de subvención, inversión máxima de 2.000€).
      • Acondicionamento del local comercial (50% de porcentaje de subvención, inversión máxima de 12.000€).
      • Mellora de la imagen exterior y adquisición de mobiliario y equipamiento comercial  (50% de porcentaje de subvención, inversión máxima de 6.000€).

      ¿Hasta cuando se subvenciona?

      El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el día 30 de junio de 2014

      Epígrafes del IAE subvencionables

      • 641. Comercio al por menor de frutas, verduras, hortalizas y tubérculos.
      • 642. Comercio al por menor de carnes y menudos; de productos derivados cárnicos elaborados; de huevos, aves, conejos de granja, caza; y de productos derivados de ellos.
      • 643. Comercio al por menor de pescados y de otros productos de la pesca y de la acuicultura y caracoles.
      • 644. Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares, y de leche y productos lácteos.
      • 645. Comercio al por menor de vinos y bebidas de todas clases.
      • 647.1. Comercio al por menor de productos alimenticios y de bebidas en establecimientos con vendedor.
      • 647.2. Comercio al por menor de productos alimenticios y de bebidas en régimen de autoservizo o mixto en establecimientos cuya sala de ventas tenga una superficie inferior a 120 metros cuadrados.
      • 647.3. Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en régimen de autoservizo o mixto en supermercados, denominados así cuando la superficie de su sala de ventas se encuentre comprendida entre 120 y 399 metros cuadrados.
      • 651. Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero.
      • 652.2. Comercio al por menor de productos de droguería, perfumería y cosmética, limpieza, pinturas, barnices, disolventes, papeles y otros productos para la decoración y de productos químicos.
      • 652.3. Comercio al por menor de productos de perfumería y cosmética, y de artículos para higiene y aseo personal.
      • 652.4. Comercio al por menor de plantas y hierbas en herbolarios.
      • 653. Comercio al por menor de artículos para la equipación del hogar y la construcción.
      • 654.2. Comercio al por menor de accesorios y piezas de recambio para vehículos.
      • 654.5. Comercio al por menor de toda clase de maquinaria.
      • 657. Comercio al por menor de instrumentos musicales en general, así como de sus accesorios.
      • 659.2. Comercio al por menor de muebles de oficina y máquinas y equipaciones de oficina.
      • 659.3. Comercio al por menor de aparatos e instrumentos médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos.
      • 659.4. Comercio al por menor de libros, periódicos, artículos de papelería y escritorio y artículos de dibujo y bellas artes.
      • 659.5. Comercio al por menor de artículos de joyería, relojería, platería y bisutería.
      • 659.6. Comercio al por menor de juguetes, artículos de deporte, ropa deportiva, de vestido, calzado y lacado, armas, cartuchería y artículos de pirotecnia.
      • 659.7. Comercio al por menor de semillas, fertilizantes, flores y plantas y pequeños animales.
      • 661.3. Comercio al por menor en almacenes populares, entendiendo por tales aquellos establecimientos que ofrecen en secciones múltiples y venden en autoservicio o en preselección un variado relativamente amplio y poco profundo de bienes de consumo, con una gama de precios baja y un servicio reducido.
      • 662.2. Comercio al por menor de toda clase de artículos.
      • 663. Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente.

      Ayudas para el desarrollo de una tienda online

      Quadralia ha conseguido homologarse como empresa colaboradora de la entidad pública empresarial Red.es en el ‘Programa Mentoring en Comercio Electrónico‘ que concede ayudas públicas de hasta el 85% para el desarrollo y mejora de portales de comercio electrónico.

      Ayudas y subvecniones para tiendas online Las ayudas consisten en lo siguiente:

      Objetivo de la subvención en materia de comercio electrónico

      El “Programa de Mentoring en Comercio Electrónico” busca el impulso de la actividad de comercio electrónico de pymes y autónomos.

      ¿Quien puede disfrutar de la subvención para su tienda online?

      La subvención para desarrollar y mejorar portales de comercio electrónico está orientada a  Pymes y Autónomos.

      ¿Qué condiciones debo de cumplir para obtener la subvención de comercio electrónico?

      Los autónomos y pymes interesadas deben de cumplir las siguientes condiciones:

      • Tener una plantilla de entre 0 y 250 empleados.
      • Tener un volumen de negocios anual que no exceda de 50 M€.
      • Fecha de constitución anterior a la publicación de las presentes Bases.
      • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
      • No tratarse de una empresa de naturaleza pública o con accionariado de dicha naturaleza.
      • Domicilio social y ubicación en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Ceuta o Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Islas Canarias, Melilla, Murcia y Navarra.
      • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Estado.
      • No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
      • Disponer de una página web propia del negocio y operativa, al menos, desde el momento en que se presenta la solicitud.
      • Disponer de certificado digital el representante legal de la empresa.

      ¿Qué conceptos se subvencionan y en qué cuantía?

      • Lote I: concesión de ayudas para recibir servicios de asesoramiento especializados e individualizados en materia de comercio electrónico. Subvención del 85% del coste de la actuación (7.500€ impuestos indirectos excluidos) para un total de 6.375€ de ayuda.
      • Lote II: concesión de ayudas para la implantación de soluciones y servicios tecnológicos de comercio electrónico. Subvención del 75% del coste de la actuación (impuestos indirectos excluidos), hasta un máximo de 10.000 € por beneficiario.

      ¿Hasta cuando puedo solicitar la subvención  para mi tienda online?

      El fin del plazo de solicitud es el 7 de octubre de 2013.

      ¿Cómo hago para solicitar mi subvención de comercio electrónico?

      Llámanos y nosotros te ayudaremos a hacerlo:

      Teléfono: 986 13 43 76 (Lalo R. Leirós)

      Mail: info@quadralia.com

      Twitter: @quadralia