La Consellería de Economía e Industria de la Xunta de Galicia tiene activas hasta el 11 de Marzo una línea de subvenciones dirigidas a comerciantes minoristas para mejorar la imagen, modernización y establecimiento de nuevas fórmulas y medios de comercialización.
Beneficiarios de la subvención
Podrán ser beneficiarios de la subvención las personas físicas o jurídicas, públicas o personales, comunidades de bienes o cualquiera otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas que cumplan los siguientes requisitos:
- Desarrollar su actividad comercial en Galicia y, asimismo, su domicilio social y fiscal radique en la Comunidad Autónoma.
- Tener condición de PYME.
- Emplear a menos de diez (10) trabajadores.
- No tener la consideración de gran establecimiento comercial según la normativa aplicable.
- Estar dado de alta en algunos de las epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo II y que este constituya la actividad principal del solicitante.
- Figurar inscritos en el Registro Gallego de Comercio o tener solicitada la inscripción con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
¿Qué se subvenciona?
Implantación y actualización de páginas web o aplicaciones para dispositivos móviles, dirigidas a mejorar la comercialización de los productos y que cuenten con tienda online y pasarela de pago.
Intensidad de la subvención
Para estas actuaciones la intensidad de la ayuda será de:
- Porcentaje de subvención: 50% del coste de la inversión.
- Inversión máxima subvencionable: 6.000,00€ (IVA excluido).
Epígrafes de IAE aptos para recibir la subvención
- 641. Comercio al por menor de frutas, verduras, hortalizas y tubérculos.
- 642. Comercio al por menor de carnes y de productos derivados cárnicos elaborados: de Huevos, aves, conejos de granja, caza y de productos derivados de ellos.
- 643. Comercio al por menor de pescados y de otros productos de la pesca y de la acuicultura y caracoles.
- 644. Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares, y de leche y productos lácteos.
- 645. Comercio al por menor de vinos y bebidas de todas clases.
- 647.1. Comercio al por menor de productos alimenticios y de bebidas en establecimientos con vendedor.
- 647.2. Comercio al por menor de productos alimenticios y de bebidas en régimen de autoservicio o mixto en establecimientos cuya sala de ventas tenga una superficie inferior a 120 metros cuadrados.
- 647.3. Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en régimen de autoservicio o mixto en supermercados, denominados así cuando la superficie de su sala de ventas se encuentre comprendida entre 120 y 399 metros cuadrados.
- 651. Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero.
- 652.2. Comercio al por menor de productos de droguería, perfumería y cosmética, limpieza, pinturas, barnices, disolventes, papeles y otros productos para la decoración y de productos químicos.
- 652.3. Comercio al por menor de productos de perfumería y cosmética, y de artículos para higiene y aseo personal.
- 652.4. Comercio al por menor de plantas y hierbas en herbolarios.
- 653. Comercio al por menor de artículos para el equipamiento del hogar y la construcción.
- 654.2. Comercio al por menor de accesorios y piezas de recambio para vehículos.
- 654.5. Comercio al por menor de toda clase de maquinaria.
- 657. Comercio al por menor de instrumentos musicales en general, así como de sus accesorios.
- 659.2. Comercio al por menor de muebles de oficina y máquinas y equipamientos de oficina.
- 659.3. Comercio al por menor de aparatos e instrumentos médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos.
- 659.4. Comercio al por menor de libros, periódicos, artículos de papelería y escritorio y artículos de dibujo y bellas artes.
- 659.5. Comercio al por menor de artículos de joyería, relojería, platería y bisutería.
- 659.6. Comercio al por menor de juguetes, artículos de deporte, ropa deportiva, de vestido, calzado y lacado, armas, cartuchería y artículos de pirotecnia.
- 659.7. Comercio al por menor de semillas, fertilizantes, flores y plantas y pequeños animales.
- 661.3. Comercio al por menor en almacenes populares, entendiendo por tales aquellos establecimientos que ofrecen en secciones múltiples y venden en autoservicio o en preselección un variado relativamente amplio y poco profundo de bienes de consumo, con una gama de precios baja y un servicio reducido.
- 662.2. Comercio al por menor de toda clase de artículos.
- 663. Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente.