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Comunicar calibres Mitutoyo y tablets Windows 8

problemas sincronizar mitutoyo con tablet windows 8

Tenemos varios clientes que utilizan calibres Mitutoyo en su trabajo diario. Hasta hace poco utilizaban estos calibres con ordenadores portátiles que llevaban en un maletín o en una mochila, a los que conectan el calibre a través de un cable USB. Con la aparición de las tablets empezamos a aconsejar a nuestros clientes que sustituyeran los ordenadores portátiles por tablets, mucho más ligeros y con una interfaz táctil que permite agilizar enormemente su trabajo. Para ello trabajamos con equipos como el Algiz 7, un equipo rugerizado muy robusto, que recomendamos siempre que las posibilidades económicas del cliente lo permiten.

Últimamente estamos trabajando con equipos no tan robustos, pero bastante más económicos, como son los tablets con Windows 8, como el Asus VivoTab Smart, que a pesar de ser equipos mucho menos potentes y peor protegidos, cumplen perfectamente con su cometido.

Con estos tablets hemos encontrado algún problema, al venir equipados con Windows 8, ya que los calibres Mitutoyo no consiguen comunicarse adecuadamente con los tablets.

¿Cómo comunicar un calibre Mitutoyo con tablets Windows 8?

Lo primero que hay que utilizar es un cable OTG USB (hembra a micro USB macho), ya que si usamos un cable normal la tableta no recibirá ningún tipo de información.

Tras unir el calibre al tablet Windows 8 con este tipo de cable nos encontramos con que se envía información, pero en la hoja de cálculo (LibreOffice, Excel,…) no aparece información, solo saltos entre las distintas celdas. Tras consultar con el servicio técnico de Mitutoyo nos indican que puede ser debido a que la tecla de bloqueo numérico no está activada; tecla que no existe en una tablet que no dispone de teclado físico, sino virtual.

Una primera forma de solucionar este problema es activar esta tecla mediante el registro; pero en esta tablet concreta no nos funcionó, por lo que el siguiente paso fue crear una aplicación que arranque con el tablet y que active esta tecla.

Os dejamos la aplicación desarrollada para solucionar el problema para su DESCARGA GRATUITA por si os puede ayudar. Los únicos requisitos son tener instalado Microsoft Framework 2.0 o una versión superior. Podéis descargarla aquí.

A continuación podéis ver unas capturas de pantalla de la aplicación.

qNumLock
Icono en la barra de notificaciones
qNumLock_program_manager_es
Menú del programa
qNumLock_habilitado_es
Bloqueo numérico activo
qNumLock_deshabilitar_es
Desactivación del bloqueo numérico
qNumLock_deshabilitado_es
Bloqueo numérico desactivado

Si tenéis dudas de cómo resolver este problema podéis poneros en contacto con nosotros a través del siguiente formulario:

Error: Formulario de contacto no encontrado.

Subvenciones para nuevos establecimientos comerciales en Galicia: equipamiento informático y páginas web

subvenciones-comercio-galicia

¿A quién se subvenciona?

Serán beneficiarios de la subvención los comerciantes minoristas legalmente constituidos que cumplan los siguientes requisitos:

  • Actividad comercial en Galicia y con domicilio fiscal y social en la citada Comunidad Autónoma.
  • Tener menos de diez trabajadores (y no tener la consideración de gran establecimiento comercial).
  • Alta en el I.A.E. (Impuesto de Actividades Económicas) posterior al 1 de noviembre de 2013 y anterior al 30 junio de 2014.
  • Inscribirse en el Registro Gallego de Comercio.
  • Estar dado de alta en alguno de los epígrafes del IAE especificados aquí

¿Qué se subvenciona?

Serán subvencionables las siguientes actuaciones:

  • Inversión en Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC): TPV integrado (Terminal Punto de Venta), software de gestión comercial y páginas web comerciales (50% de porcentaje de subvención, inversión máxima de 2.000€).
  • Acondicionamento del local comercial (50% de porcentaje de subvención, inversión máxima de 12.000€).
  • Mellora de la imagen exterior y adquisición de mobiliario y equipamiento comercial  (50% de porcentaje de subvención, inversión máxima de 6.000€).

¿Hasta cuando se subvenciona?

El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el día 30 de junio de 2014

Epígrafes del IAE subvencionables

  • 641. Comercio al por menor de frutas, verduras, hortalizas y tubérculos.
  • 642. Comercio al por menor de carnes y menudos; de productos derivados cárnicos elaborados; de huevos, aves, conejos de granja, caza; y de productos derivados de ellos.
  • 643. Comercio al por menor de pescados y de otros productos de la pesca y de la acuicultura y caracoles.
  • 644. Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares, y de leche y productos lácteos.
  • 645. Comercio al por menor de vinos y bebidas de todas clases.
  • 647.1. Comercio al por menor de productos alimenticios y de bebidas en establecimientos con vendedor.
  • 647.2. Comercio al por menor de productos alimenticios y de bebidas en régimen de autoservizo o mixto en establecimientos cuya sala de ventas tenga una superficie inferior a 120 metros cuadrados.
  • 647.3. Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en régimen de autoservizo o mixto en supermercados, denominados así cuando la superficie de su sala de ventas se encuentre comprendida entre 120 y 399 metros cuadrados.
  • 651. Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles y artículos de cuero.
  • 652.2. Comercio al por menor de productos de droguería, perfumería y cosmética, limpieza, pinturas, barnices, disolventes, papeles y otros productos para la decoración y de productos químicos.
  • 652.3. Comercio al por menor de productos de perfumería y cosmética, y de artículos para higiene y aseo personal.
  • 652.4. Comercio al por menor de plantas y hierbas en herbolarios.
  • 653. Comercio al por menor de artículos para la equipación del hogar y la construcción.
  • 654.2. Comercio al por menor de accesorios y piezas de recambio para vehículos.
  • 654.5. Comercio al por menor de toda clase de maquinaria.
  • 657. Comercio al por menor de instrumentos musicales en general, así como de sus accesorios.
  • 659.2. Comercio al por menor de muebles de oficina y máquinas y equipaciones de oficina.
  • 659.3. Comercio al por menor de aparatos e instrumentos médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos.
  • 659.4. Comercio al por menor de libros, periódicos, artículos de papelería y escritorio y artículos de dibujo y bellas artes.
  • 659.5. Comercio al por menor de artículos de joyería, relojería, platería y bisutería.
  • 659.6. Comercio al por menor de juguetes, artículos de deporte, ropa deportiva, de vestido, calzado y lacado, armas, cartuchería y artículos de pirotecnia.
  • 659.7. Comercio al por menor de semillas, fertilizantes, flores y plantas y pequeños animales.
  • 661.3. Comercio al por menor en almacenes populares, entendiendo por tales aquellos establecimientos que ofrecen en secciones múltiples y venden en autoservicio o en preselección un variado relativamente amplio y poco profundo de bienes de consumo, con una gama de precios baja y un servicio reducido.
  • 662.2. Comercio al por menor de toda clase de artículos.
  • 663. Comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente.

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